Tutu Automotores

TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL PROGRAMA “COMBUSTIBLE BONIFICADO” – TUTU

Los presentes términos y condiciones (los “Términos y Condiciones”) regulan la participación del Cliente en el Programa de Combustible Bonificado (el “Programa”), organizado por TUTU AUTOMOTORES S.A., CUIT N° 30-71660684-4, con domicilio en Calle Coronel José Javier Díaz 854, Barrio Jardín, Córdoba Capital, Provincia de Córdoba, República Argentina (en adelante, “TUTU”).
Mediante el presente Programa, los Clientes que adquieran un Vehículo comercializado por TUTU durante el Plazo de Vigencia, recibirán un Beneficio consistente en cargas mensuales de combustible, a ser utilizadas en Estaciones Adheridas de la red YPF, conforme a los presentes Términos y Condiciones.

  1. Términos. A los efectos de la interpretación y aplicación de los presentes Términos y Condiciones, se entenderá por:
    1.1. Beneficio: La carga mensual de combustible otorgada al Cliente como parte del Programa, a realizarse exclusivamente en las Estaciones Adheridas, por un monto fijo y no fraccionable de hasta pesos sesenta mil ($60.000) por mes calendario, durante seis (6) meses consecutivos. El Beneficio es intransferible, no canjeable por dinero, no acumulable, y está sujeto a las condiciones y limitaciones previstas en estos Términos y Condiciones.
    1.2. Cliente: Toda persona humana o jurídica que adquiera un vehículo a través de TUTU durante el Plazo de Vigencia del Programa y cumpla con las condiciones aquí establecidas.
    1.3. Contrato de compraventa: El acuerdo formal celebrado entre TUTU y el Cliente mediante el cual se instrumenta la venta de un Vehículo, debidamente firmado por ambas partes, y que constituye el acto habilitante para acceder al Beneficio previsto en el Programa. No se considerarán válidas, a estos efectos, solicitudes de compra, reservas, precontratos ni operaciones incompletas.
    1.4. Estaciones Adheridas o Vendedores: Las estaciones de servicio de la red YPF detalladas en el presente, en las cuales podrá hacerse efectivo el Beneficio otorgado por TUTU. Dichas estaciones actúan como prestadores independientes, sin relación de representación, agencia, mandato, dependencia ni vínculo societario con TUTU, y son exclusivamente responsables por los servicios prestados en sus puntos de venta.
    1.5. Plazo de Vigencia: El período comprendido entre el 1 de julio y el 31 de julio de 2025, ambas fechas inclusive, durante el cual el Cliente deberá haber realizado la seña correspondiente y/o iniciado la solicitud de crédito ante TUTU para quedar habilitado a participar en el Programa. No estarán alcanzadas por el Programa las operaciones cuya seña o inicio de gestión crediticia se hubieren realizado con anterioridad al 1° de julio de 2025, aunque el contrato de compraventa se firme dentro del Plazo de Vigencia.
    1.6. Programa o Promoción: La acción promocional organizada por TUTU consistente en la entrega de un beneficio mensual en cargas de combustible, conforme a lo establecido en estos Términos y Condiciones.
    1.7. TUTU: TUTU AUTOMOTORES S.A., CUIT N° 30-71660684-4, con domicilio legal en Calle Coronel José Javier Díaz 854, Barrio Jardín, Córdoba Capital, quien actúa como organizador y responsable del Programa objeto de los presentes Términos y Condiciones.
    1.8. Vehículo: La unidad automotor comercializada por TUTU durante el Plazo de Vigencia del Programa, que cumpla con las condiciones previstas para acceder al Beneficio.
  2. Aceptación. La firma del contrato de compraventa del Vehículo durante el Plazo de Vigencia del Programa implicará la adquisición válida del mismo a los fines promocionales aquí regulados, y constituirá plena manifestación de voluntad del Cliente de participar en el Programa. Dicha firma implicará la aceptación total de los presentes Términos y Condiciones, los cuales tienen carácter obligatorio y vinculante. Asimismo, cualquier otro acto inequívoco que denote la intención del Cliente de acceder al Beneficio, como la entrega del Vehículo o su registración, también será considerado como aceptación plena del Programa, siempre que se haya celebrado el contrato dentro del Plazo de Vigencia. Sin perjuicio de ello, al firmar el presente documento, el Cliente declara expresamente que ha recibido una copia íntegra de los presentes Términos y Condiciones, ha sido debidamente informado sobre su contenido y alcance, los ha leído y comprendido en su totalidad, y acepta libre, voluntaria e informadamente todas las disposiciones aquí contenidas. La participación en el Programa implica el reconocimiento por parte del Cliente de que las decisiones que TUTU adopte en relación con el desarrollo, ejecución e interpretación del Programa tendrán carácter definitivo e inapelable, siempre que las mismas sean debidamente comunicadas, no resulten abusivas ni infundadas, y no perjudiquen dolosamente los derechos del Cliente, todo conforme al régimen legal vigente. En caso de no estar de acuerdo con el contenido de estos Términos y Condiciones, o con sus eventuales modificaciones, el Cliente deberá abstenerse de participar en el Programa, utilizar el Beneficio, o realizar cualquier acto que implique su adhesión.
  3. Vigencia y Alcance del Programa. El Programa será válido exclusivamente para operaciones de compraventa de Vehículos cuya seña y/o inicio de solicitud de crédito se hubieren realizado entre el 1° de julio de 2025 y el 31 de julio de 2025 inclusive, aunque el contrato de compraventa se firme con posterioridad a dicho plazo. No resultarán alcanzadas por el Programa las operaciones en las que la seña o inicio de la gestión crediticia se hubieren instrumentado con anterioridad al 1° de julio de 2025, aunque la firma del contrato de compraventa ocurra durante el Plazo de Vigencia. El Programa aplicará únicamente respecto de Vehículos radicados en la República Argentina.
  4. Beneficio otorgado. Por cada Vehículo adquirido por un Cliente en el marco del Programa, TUTU otorgará un beneficio consistente en una (1) carga mensual de combustible por un período de seis (6) meses consecutivos, con un límite de pesos sesenta mil ($60.000) por cada carga. Dicho monto es fijo y se mantendrá inalterado durante todo el Plazo de Vigencia del Programa, sin importar variaciones en los precios del combustible. El beneficio podrá ser utilizado una (1) vez por cada mes calendario, mediante una única carga, sin posibilidad de fraccionamiento, acumulación ni uso parcial. Si el Cliente realizara una carga menor al monto total del Beneficio mensual, el remanente no podrá utilizarse ni trasladarse a períodos posteriores, y se considerará automáticamente vencido sin derecho a compensación alguna. El combustible podrá ser cargado exclusivamente en cualquiera de las siguientes Estaciones Adheridas o Vendedores, todos ellos integrantes de la red YPF y sin relación jurídica de dependencia ni representación con TUTU:
    • YPF ubicada en Av. Amadeo Sabattini 5715, Córdoba Capital;
    • YPF ubicada en José Roque Funes 1195, Córdoba Capital;
    • YPF ubicada en Bernardo O’Higgins 4294, Córdoba Capital.
  5. Modalidad de Canje y utilización del beneficio. A través del Programa, el Cliente podrá acceder a cargas mensuales de combustible mediante la verificación del dominio del Vehículo informado previamente por TUTU a las Estaciones Adheridas. No será necesario presentar ningún voucher, comprobante ni documentación adicional. El beneficio se encuentra asociado exclusivamente al dominio del Vehículo adquirido, por lo que cualquier persona que se presente en una Estación Adherida con dicho Vehículo podrá hacer uso del beneficio, siempre que no se hubiere utilizado previamente ese mes. La responsabilidad sobre el uso por terceros recae exclusivamente en el Cliente. La Estación Adherida verificará en el sistema que el dominio se encuentra habilitado y, en caso afirmativo, autorizará la carga correspondiente hasta el monto mensual establecido. El Cliente, o quien concurra con el Vehículo habilitado, podrá optar libremente por el tipo de combustible disponible en la Estación Adherida. La carga se realizará en una única transacción por mes calendario. No se permiten múltiples cargas parciales para completar el monto total del Beneficio mensual. El beneficio no es transferible a otros vehículos, no es canjeable por dinero en efectivo ni por otros productos o servicios, y no es acumulable con otras promociones. El Cliente podrá solicitar en cualquier momento información sobre el estado de uso del Beneficio, incluyendo la confirmación de si fue utilizado, en qué fecha y en qué Estación Adherida. Dicha consulta podrá realizarse a través de los canales oficiales de atención de TUTU, debiendo identificarse adecuadamente a fin de resguardar la privacidad y seguridad de los datos involucrados.
  6. Requisitos para acceder al Programa
    6.1. Haber adquirido un Vehículo comercializado por TUTU durante el Plazo de Vigencia del Programa.
    6.2. Aceptar expresamente los presentes Términos y Condiciones, conforme lo establecido en la cláusula 2.
    6.3. Que el Vehículo adquirido se encuentre radicado en la República Argentina.
    6.4. Presentarse en alguna de las Estaciones Adheridas con el Vehículo cuyo dominio haya sido previamente informado por TUTU y se encuentre debidamente registrado en el sistema.
    6.5. Realizar una única carga por mes calendario, dentro del período de vigencia del beneficio. Las cargas no realizadas en el mes correspondiente se considerarán irrevocablemente expiradas, sin posibilidad de acumulación, reembolso ni utilización posterior.
  7. Exclusiones. Quedarán excluidos del Programa:
    7.1. Aquellos Clientes cuyo contrato de compraventa haya sido rescindido, resuelto o dejado sin efecto por cualquier causa, o en los casos en que, por cualquier motivo, no se hubiere perfeccionado la entrega real y efectiva del Vehículo al Cliente. En caso de devolución, resolución o reemplazo del Vehículo por cualquier causa, el Cliente perderá automáticamente el derecho a continuar utilizando el Beneficio, sin derecho a compensación alguna.
    7.2. Las personas humanas o jurídicas que adquieran el Vehículo con fines comerciales o de reventa inmediata, tales como concesionarios, intermediarios o gestores, según verificación razonable por parte de TUTU.
    7.3. Quienes pretendan aplicar el Beneficio a vehículos distintos al adquirido por el Cliente en el marco del Programa. Cualquier intento de transferencia del Beneficio a otro dominio implicará la exclusión automática del Cliente.
    7.4. Los Clientes que, a exclusivo criterio de TUTU, incurran en conductas abusivas, fraudulentas o que resulten contrarias al espíritu promocional del Programa.
    TUTU se reserva el derecho de solicitar al Cliente documentación adicional o realizar verificaciones razonables a fin de constatar el cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en los presentes Términos y Condiciones
  8. Garantías, Exclusión de Responsabilidad y Consideraciones. TUTU otorga el presente Beneficio como un obsequio promocional, no sujeto a contraprestación alguna por parte del Cliente, y en consecuencia determina lo siguiente:
    8.1. Exclusión de responsabilidad. TUTU no asume responsabilidad alguna respecto de:
    (i) La disponibilidad, calidad, atención, condiciones o cumplimiento de los servicios prestados por las Estaciones Adheridas o Vendedores, quienes actúan como prestadores independientes y asumen plena responsabilidad por las operaciones realizadas en sus puntos de venta.
    (ii) Daños, perjuicios o pérdidas, materiales o inmateriales, directos o indirectos, derivados de la utilización del beneficio, de la carga de combustible, del producto en sí o de cualquier circunstancia relacionada.
    (iii) Errores u omisiones del Cliente, de terceros, o del personal de los Vendedores, así como problemas derivados de datos erróneos, incompletos o falsos informados por el Cliente.
    (iv) Situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, tales como conflictos gremiales, desabastecimiento, cortes de suministro, eventos climáticos, fallas técnicas u operativas, entre otros.
    (v) La pérdida del beneficio por uso fuera del término establecido, intento de uso en condiciones inadecuadas o contrarias a los presentes Términos y Condiciones.
    8.2. Naturaleza promocional y límites del beneficio. El Programa “Combustible Bonificado” tiene naturaleza estrictamente promocional. El Beneficio no forma parte del precio del Vehículo, no constituye una contraprestación a cargo de TUTU ni reviste carácter de obligación contractual principal o accesoria. Tampoco genera derecho adquirido ni expectativa jurídica alguna para el Cliente, más allá de lo expresamente previsto en el presente documento. El beneficio se otorga “tal como es”, sin que ello genere derecho alguno a reclamo, sustitución, reembolso, reintegro o compensación por parte del Cliente, salvo disposición expresa en contrario por parte de TUTU.
    8.3. Verificación de condiciones y control de uso. TUTU se reserva el derecho de:
    (i) Verificar el cumplimiento de todos los requisitos para acceder y mantener el beneficio, pudiendo requerir al Cliente documentación respaldatoria adicional.
    (ii) Cancelar, suspender o denegar el otorgamiento o uso del beneficio ante cualquier indicio de uso fraudulento, abusivo, contrario a los fines promocionales, o que vulnere la buena fe contractual.
    (iii) Limitar o suspender temporal o definitivamente el Programa previa notificación al Cliente por medios razonables, en caso de detectar inconsistencias, desvíos o hechos que pudieran perjudicar su funcionamiento o la imagen comercial de TUTU.
  9. Tratamiento de datos personales. El Cliente autoriza expresamente a TUTU a utilizar los datos personales y del dominio del Vehículo informados en el marco del Programa, únicamente con la finalidad de gestionar y validar el acceso al Beneficio. Estos datos podrán ser compartidos con las Estaciones Adheridas a efectos de confirmar la habilitación del dominio y permitir la carga correspondiente. TUTU se compromete a tratar dichos datos conforme a lo establecido por la Ley 25.326, su reglamentación y normativa complementaria, garantizando su confidencialidad, integridad y uso exclusivo para los fines del Programa. El Cliente podrá ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación y supresión, mediante comunicación dirigida a los canales oficiales de atención de TUTU.
  10. Modificación de los Términos y Condiciones. TUTU se reserva el derecho de unilateralmente modificar, suspender o cancelar total o parcialmente el Programa, así como también de actualizar, sustituir o modificar los presentes Términos y Condiciones, en cualquier momento y a su exclusivo criterio, sin más notificación que su publicación en los canales oficiales de TUTU. Dichas modificaciones no afectarán beneficios ya otorgados, salvo en casos de fuerza mayor, imposibilidad sobreviniente o causas ajenas a la voluntad de TUTU, conforme al régimen legal aplicable. La versión actualizada regirá desde el momento de su difusión. Tales modificaciones no generarán derecho a reclamo, indemnización o compensación alguna por parte de los Clientes. La versión vigente de los Términos y Condiciones estará disponible en los canales oficiales de TUTU, siendo responsabilidad del Cliente consultarlos periódicamente. Toda modificación que implique una reducción sustancial del Beneficio solo aplicará a futuras compras de vehículos, no afectando a aquellos Clientes que ya hayan accedido válidamente al Programa.
  11. Consultas y Atención al Cliente. Ante cualquier duda, inconveniente o consulta, los Clientes podrán comunicarse con TUTU a través del siguiente canal de atención:
  12. Jurisdicción y Ley Aplicable. Los presentes Términos y Condiciones se interpretarán conforme a las leyes de la República Argentina. Toda controversia derivada de la ejecución o interpretación del presente será sometida a la competencia exclusiva de los Tribunales Ordinarios con asiento en la ciudad de Córdoba, Argentina, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción.

Mediante la suscripción del presente, el Cliente declara expresamente que ha recibido copia de estos Términos y Condiciones, que ha sido debidamente informado de su contenido, que los ha leído en su totalidad, comprendido y aceptado, y que presta su conformidad plena a todas las disposiciones aquí contenidas.

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